Consideraciones medioambientales
La Ley 10/1998, de Residuos, de 21 de abril, establecía en su Artículo 3 que tendrían consideración de residuos todos aquellos que figurasen en el Catálogo Europeo de Residuos (CER).
Este Catálogo fue aprobado por la Decisión 94/3/CE de 20 de diciembre de 1993, y complementado con la Decisión 94/904/CE, ambas aprobadas en el Real Decreto 952/1997.
Las Decisiones Comunitarias 94/3/CE y 94/904/CE han sido derogadas por la Decisión 2000/532/CE mediante la que se aprueba La Lista Europea de Residuos. La Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero (con corrección de errores de 12 de marzo), publica en su Anejo 2 la mencionada Lista Europea de Residuos.
Todo ello llevó a la sustitución del anterior régimen jurídico comunitario de residuos y a la promulgación de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas integrándolas en una única norma («Directiva marco de residuos» en adelante).
Esta Directiva marco ha sido actualmente incorporada al marco legislativo español mediante la aprobación de la nueva Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (con las modificaciones introducidas en la Ley 5/2013), que deroga la anterior Ley 10/1998 y pasa a ser la única norma de rango legal que regula los residuos con carácter básico en nuestro país. Esta nueva ley tiene en cuenta la experiencia y formación adquirida por las administraciones públicas, los productores y gestores de residuos. Es por esta razón que actualmente se está adaptando la normativa vigente de NFU (Real Decreto 1619/2005) a los contenidos establecidos en la Ley 22/2011, proceso para el que se ha establecido un período máximo de tres años desde la aprobación de dicha ley.
Los neumáticos fuera de uso vienen incluidos en la Lista Europea de Residuos en el Apartado 16 correspondiente a “Residuos no especificados en otros capítulos de la lista” con el código 16 01 03 “Neumáticos fuera de uso” como residuos no peligrosos.
La Directiva 99/31/CE del Consejo de la Unión Europea, sobre vertido de residuos (traspuesta por el RD 1481/2001), hace algunas menciones explícitas de los neumáticos fuera de uso, estableciendo la prohibición del vertido de NFU enteros desde el 16 de julio de 2003, y del vertido total de NFU desde el 16 de julio de 2006. En ambos casos se excluyen los NFU mayores de 1.400 mm.
La valorización energética de los neumáticos produce contaminación atmosférica, aunque con las instalaciones necesarias las emisiones pueden ser menos contaminantes que las que se producen al utilizar combustible tradicional. Según el principio de priorización, recogido en el Art. 1.1 de la nueva Ley 22/2011, de Residuos y Suelos Contaminados, antes de proceder a la valorización energética del residuo se debe buscar una vía para su reutilización o reciclaje.
En el documento “Tyre Recycling after 2000: Status and Options”(6) se hace una amplia referencia a los estudios que se han realizado a nivel mundial sobre el riesgo potencial que para el medio ambiente y la salud humana puede suponer el reciclado de los neumáticos fuera de uso. En ningún caso los NFU figuran como residuos peligrosos.
La mayor parte de la información existente sobre la utilización de los NFU la Ingeniería Civil, procede de los EE.UU. y Canadá. Aunque las conclusiones de los estudios llevados a cabo son generalmente válidas para Europa, no hay que olvidar que los neumáticos europeos tienen una mayor cantidad de acero y menor cantidad de óxido de cinc y azufre que los americanos. Desde el punto de vista medioambiental, distintas investigaciones realizadas en los EE.UU(58 a 60) y Canadá(61) sobre la seguridad a largo plazo de la utilización de materiales procedentes de neumáticos reciclados, han puesto de manifiesto que la mayoría de los componentes detectados en las muestras analizadas lo están en porcentajes inferiores a los exigidos en las normas, incluidas las de aguas potables. Además, la cantidad disuelta en el agua freática de la mayoría de las substancias que podrían potencialmente lixiviarse de los neumáticos, tales como aluminio, bario, cromo, hierro, manganeso y cinc, es poco significativa.
Estos resultados se corresponden a los obtenidos en un estudio de ensayos químicos de lixiviación reciente realizado en el Laboratorio de Geotecnia del CEDEX(9) en el que se ha simulado la liberación de metales por percolación del agua de lluvia a través de un relleno de NFUt (método de Agitación en Tanque). No obstante, en este mismo estudio se comprobó que la cantidad de Fe, Mn y Zn disuelta aumenta considerablemente cuando las piezas de NFUt permanecen durante unos días sumergidas y en contacto permanente con agua, a causa de la oxidación de los alambres expuestos.
Cuando las piezas de neumático troceado se someten a condiciones muy ácidas se facilita enormemente la liberación metales pesados como Ba, Cd, Cr, Pb y Zn(62), mientras que cuando se someten a pH muy básicos lo que aumenta en disolución es el carbono orgánico total ó COT(58).
En relación con su influencia en la salud humana, se han analizado otras situaciones y factores, tales como:
· Incendios.
· Polvo emitido en las plantas de granulado.
· Inhalaciones.
· Ruido en las plantas de reciclado
En principio, se puede decir que los vertidos de neumáticos presentan un peligro potencial para el medio ambiente por el riesgo de incendios y porque constituyen un hábitat natural para organismos infecciosos. En principio no existe posibilidad de una combustión espontánea de los NFU, debiéndose su incendio en la mayor parte de los casos a falta de cuidado o bien son provocados. Una vez iniciados, son difíciles de extinguir y pueden durar semanas, e incluso meses. Los humos densos creados se pueden trasladar a grandes distancias.
Los incendios ocurridos en carreteras en los Estados Unidos durante los años 90 han llevado a la redacción de nuevas directrices de proyecto para minimizar el calentamiento interno de rellenos con neumáticos triturados(1). Para elevar la temperatura en estos rellenos hasta el punto de ignición se necesita una reacción exotérmica inicial, que potencialmente puede ser causada por oxidación de los alambres de acero, oxidación del caucho, microbios que consumen los cordones de acero o que generan condiciones ácidas, o por microbios relacionados con productos petrolíferos líquidos.
Por todo lo anterior se recomienda utilizar como relleno solamente neumáticos triturados en los que los elementos metálicos se hayan separado magnéticamente, evitar derrames de gasolina o gasoil sobre el relleno, no exponer los trozos a materias orgánicas y/o fertilizantes, y separar el relleno del suelo mediante una membrana impermeable. De todas formas, en base a experiencias previas, el espesor de las capas de relleno de NFUt no debe ser mayor de 3 m para evitar cualquier posible fenómeno de auto-combustión que pudiera producirse(28, 63).
Aunque no se conocen efectos perjudiciales sobre la salud, salvo las convencionales de cualquier material hecho partículas, con el polvo de NFU se deben tomar precauciones para evitar su continua inhalación o contacto. Para tal efecto se recomiendan elementos protectores como guantes, gafas y mascarillas.
En el año 1991, el “Asphalt Rubber Producers Group”(64) puso en marcha un estudio para determinar el impacto de las mezclas con betún-caucho en los trabajadores implicados en su puesta en obra. Los resultados indicaron que no había una diferencia significante entre el betún-caucho y los materiales convencionales. De todas formas, cualquier instalación de reciclado debe de tener en cuenta los límites de exposición ocupacional tanto de niveles de partículas como de ruido en el ambiente laboral.