Consideraciones medioambientales
En España, la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados establece en su artículo 6 que la determinación de los residuos que han de considerarse como residuos peligrosos y no peligrosos se hará de conformidad con la Lista Europea de Residuos (LER) establecida en la Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000.
Las escorias o cenizas de hogar procedentes de la incineración de residuos sólidos urbanos vienen incluidas en la Lista Europea de Residuos en el Capítulo 19 correspondiente a “Residuos de las instalaciones para el tratamiento de residuos, de las plantas externas de tratamiento de aguas residuales y de la preparación de agua para consumo humano y de agua para uso industrial” con los siguientes códigos:
· 19 01 12 Cenizas de fondo de horno y escorias distintas de las especificadas en el código 19 01 11, y están caracterizadas como residuos no peligrosos.
· 19 01 11*, Cenizas de fondo de horno y escorias que contienen sustancias peligrosas y están caracterizadas como residuos peligrosos.
Las cenizas volantes procedentes de la incineración de residuos sólidos urbanos vienen incluidas en la Lista Europea de Residuos en el Capítulo 19 correspondiente a “Residuos de las instalaciones para el tratamiento de residuos, de las plantas externas de tratamiento de aguas residuales y de la preparación de agua para consumo humano y de agua para uso industrial” con el siguiente código:
· 19 01 13 * Cenizas volantes que tienen sustancias peligrosas, y están caracterizadas como residuos peligrosos.
Generalmente, la utilización de las cenizas volantes, por separado o mezclada con la escoria, está prohibida en Europa en construcción de carreteras, y el material ha de ser eliminado como desecho químico. La composición química y la alta superficie específica de la ceniza representan riesgos considerables de contaminación de las aguas subterráneas. Sólo es aceptable la utilización de las cenizas como filler de una mezcla bituminosa, porque los riesgos de lixiviación se ven reducidos por la completa encapsulación de la ceniza en el aglomerado. También está siendo objeto de investigación la utilización en materiales tratados hidráulicamente.
Normalmente, la utilización de la escoria procesada para construcción de carreteras está más aceptada. En cualquier caso, en todo momento deberá ser gestionada con las garantías suficientes para no poner en riesgo los ecosistemas y la salud humana. La legislación ambiental exige, tanto en la escoria como en el lixiviado, el control de dos grupos de contaminantes: metales pesados y materia orgánica. (5)
Durante las operaciones de preparación y en las posteriores de uso, reutilización y depósito al final del ciclo de servicio de la carretera, se pueden liberar una serie de contaminantes al medioambiente, siempre y cuando estén presentes en la composición de la escoria y se den las condiciones de movilización. Los contaminantes que suscitan mayor interés, por ser los más peligrosos, son:
· Materia orgánica: dioxinas, y furanos y contaminantes afines como PCB.
· Metales pesados, entre los que se incluye antimonio, arsénico, cadmio, cromo, cobre y plomo. (5)
La liberación de los contaminantes puede afectar potencialmente a la calidad del aire, el agua y el suelo en el entorno en el que las escorias se acondicionan, aplican, reutilizan o depositan, de ahí la necesidad de su análisis y control. Desde el punto de vista de la salud pública, el contenido de dioxinas de las escorias es el que plantea un mayor rechazo. Sin embargo, la concentración de dioxinas presentes en las escorias de las plantas de incineración analizadas en distintos estudios se encuentra dentro de los niveles de fondo de los suelos rurales y urbanos europeros.(5)
Así pues, se deberán tomar medidas protectoras para controlar la contaminación del agua, además del análisis químico y las pruebas de lixiviación sobre las escorias. Las medidas protectoras varían desde guardar una distancia mínima con respecto a los pozos de agua potable y los ríos, hasta la encapsulación totalmente estanca, con un filtro de arena - bentonita de los terraplenes de escoria. Los aspectos medioambientales de la utilización de los residuos de las incineradoras de RSU están casi exclusivamente relacionados con su comportamiento a la lixiviación, si bien la mayoría de los países europeos también limitan las concentraciones totales de sustancias dañinas en las escorias y cenizas.
Sin embargo, el impacto ambiental de la valorización de las escorias de incineración de residuos urbanos como material de construcción está condicionado no sólo por su composición, sino también por otros factores relacionados con:
· La construcción de la carretera: empleo o no de ligante, tipo de ligante (hidráulico o bituminoso), cantidad de escorias empleadas, localización de las mismas dentro del perfil del firme, impermeabilización de la carretera, sistema de drenaje, etc.
· El medio natural en el que se construye: distribución y cuantía de las precipitaciones, sensibilidad de los cursos de agua a la contaminación que arrastran los lixiviados, dureza y contenido de cobre de las aguas naturales, características hidrogeológicas del terreno, etc.
· La gestión de los residuos de construcción generados una vez que la carretera alcance el final de su vida de servicio. (5)